Trámites de Titulación

El Artículo 15 del Reglamento General de Titulación de la Universidad de Guadalajara, establece que:

Para obtener el título de nivel profesional del tipo medio superior, de técnico superior universitario o de licenciatura en las carreras que ofrecen las dependencias de la Red

Universitaria, será necesario que el pasante:

  1. Apruebe la totalidad de las materias o cubra los créditos establecidos en el plan de estudios de la carrera correspondiente;

  2. Acredite la realización del servicio social, por el número de horas necesarias en cada caso, según lo previsto por la normatividad universitaria vigente; y

  3. Apruebe los sistemas de evaluación aplicables, según la modalidad de titulación establecida para la carrera de que se trate.

 

Reglamento General de Titulación de la Universidad de Guadalajara