Colegio Departamental

El Colegio Departamental es el órgano académico responsable de coordinar las actividades docentes, de investigación y difusión del Departamento de Ciencias Exactas y Tecnología, con capacidad para el diseño, ejecución y evaluación de los planes y programas académicos, de conformidad con las políticas institucionales de desarrollo y los programas operativos del Centro Universitario de los Lagos.

Fundamenta su operación en lo dispuesto en los artículos 64 y 65 de la Ley Orgánica de la Universidad de Guadalajara. Su integración, funcionamiento y atribuciones se rigen estrictamente por lo establecido en los artículos 144 y 145 del Estatuto General, así como por las disposiciones operativas en el Estatuto Orgánico del Centro Universitario de los Lagos, garantizando así la legalidad y transparencia en la toma de decisiones académicas y administrativas, específicamente:

El Estatuto General de la Universidad de Guadalajara en su Artículo 145 establece las atribuciones y funciones de los Colegios Departamentales las previstas por el artículo 64 de la Ley Orgánica y las siguientes:   

  1. Planear, organizar y evaluar los programas de desarrollo académico del Departamento; 

  2. Diseñar, coordinar y evaluar programas de docencia, investigación y difusión que sean de su competencia; 

  3. Formular programas de extensión académica, actualización profesional y educación permanente en los campos del conocimiento que son competencia del Centro; 

  4. Aprobar todo programa de educación continua que no registre la modalidad de diplomado; 

  5. Analizar y deliberar sobre planes y programas de educación abierta, semi-escolarizada y a distancia, sometiéndolos a la aprobación del Consejo de Centro; 

  6. Proponer la creación, modificación o supresión de programas docentes en sus diversas modalidades educativas;   

  7. Proponer al Consejo del Centro criterios e instrumentos para la selección, promoción y acreditación de alumnos; 

  8. Derogada. 

  9. Promover y organizar acciones de colaboración y vinculación del Departamento con entidades externas, supervisando en el ámbito de su competencia la ejecución de éstos; 

  10. Aprobar y desarrollar los programas de servicio social pertinentes a las funciones del Departamento; 

  11. Estructurar el Programa Operativo Anual del Departamento y proponer en su ámbito de competencia lo conducente para los Programas de Desarrollo del Centro Universitario; y 

  12. Las demás previstas por la normatividad aplicable.